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Proposicion 27

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¶ Proposicion. xxvii.

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LOs Reyes de Castilla son obligados de derecho diuino a poner tal gouernacion y regimiento en aquellas gentes naturales delas Indias: conseruadas sus justas leyes y buenas costumbres que tenian algu nas: y quitadas las malas que no eran muchas / y supli dos los defectos que tuuieren en su policia: todo lo qual se quita y suple principalmente con la predicacion y re ception dela fee: que pospuesta y muy ala postre su pro pia vtilidad real / rentas y temporal interesse: aquellas gen tes sean ayudadas y no impedidas en lo tocante alo es piritual y en su conuersion y recebimiento de nuestra ca tholica fee / y enel exercicio de los sanctos sacramentos dela yglesia: y tambien conseruados en sus derechos y justicia. Y sobre esto principalmente augmentadas y pros peradas enla vida corporal y enlo demas que a su bien temporal pertenece. Porque este es el fin / o la causa final porque alos Reyes de Castilla y Leon no teniendo an tes nada enellas les fueron por la yglesia concedidas.

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Proposicion 27