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Capitulo 18

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Capítulo 18

Y porque se vea quanto verdad es las dos maneras de tyranías que arriba dexamos dichas y provadas, conviene a saber, el tyránico ingresso que los españoles han introduzido en las Indias, por las quales las han destruydo: Queremos aquí traer una provanga de que ninguno podrá dudar. Y ésta es un prólogo de una Provissión y ordenación real y general, para que se guardase en todas las Indias, hecha en Granada a XXXI de jullio de mill y quinientos y veinte seis años. Y dize así:

Don Carlos, por la gracia de Dios, etc... Por quanto nos somos certificados, y es notorio que por la desordenada cudicia de algunos de nuestros súbditos que passaron a las nuestras Islas y Tierra Firme del mar océano, por el mal tratamiento que hizieron a los indios naturales de las dichas Islas e Tierra Firme, así en los grandes y excessivos trabajos que les davan, tiniéndolos en las minas para sacar oro y en las pesquerías de las perlas y en otros labores y grangerías, haziéndoles tra bajar excessiva e immoderadamente, no les dando el vestir y mantenimiento necessario para sustentación de sus vidas, tractándolos con crueldad y desamor, mucho porque si fueran esclavos; lo qual todo ha sido y fue causa de la muerte de gran número de los dichos indios e tanta cantidad, que muchas de las Islas y parte de Tierra Firme quedaron yermas y sin población alguna de los dichos indios y naturales dellas; y que otros húyense y se fuessen y se absentasen de sus propias tierras y su naturaleza, y se fuessen a los montes y a otros lugares para salvar sus vidas y salir de la dicha subjeción y mal tratamiento, lo qual fue también gran estorvo a la conversión de los dichos indios a nuestra sancta fe cathólica, y de no haver venido todos ellos entera y generalmente con verdadero conoscimiento della. De que Dios es nuestro Señor, El muy deservido. Y así mismo somos informados que los capitanes y otras gentes, que con nuestra licencia y mandado fueron a descubrir y poblar a algunas de las dichas Indias y Tierra Firme, seyendo como son, y es nuestro intento y deseo de traer a los dichos indios en cognoscimiento verdadero de Dios, nu estro Señor, y de su sancta fe, con predicación della y exemplo de personas doctas y buenos religiosos, con les hazer buenas obras y tractamentos de próximos, sin que en sus personas y bienes no recibiessen fuerga, apremio, daño, ni desaguisado alguno. Y haviendo todo esto se ydo así por nos ordenado y mandado, llevando los dichos capitanes y otros nuestros officiales y gentes de las tales armadas por mandamiento e instrución particular, movidos por la dicha cudicia, olvidando el servicio de Dios, nuestro Señor y nuestro, hizieron y mataron a muchos de los dichos indios en los descubrimientos y conquistas y les tomaron sus bienes, sin que los dichos indios los oviesen dado causa justa para ello, ni hoviesen precedido ni hecho las amonestaciones que eran tenidos de las hazer, ni hecho a los christianos resistencia ni daño alguno para la predicación de nuestra sancta fe. Lo qual demás de averse ydo en gran offensa de Dios, nuestro Señor, dio ocasión y fue culpa que no solamente los dichos indios que resci bieron las dichas fuergas y daños O agravios, pero otros muchos comarcanos que tuvieron dello noticia y sabiduría se levantaron y juntaron con mano armada contra los christianos, nuestros súbditos, y mataron muchos dellos; y aun a los religiosos y personas ecclesiásticas que nunca culpa tuvieron, y como mártyres padescieron, predicando la fe christiana. Por lo qual, todo suspendimos y sobreseymos en el dar de las licencias para las dichas conquistas y descubrimientos, queriendo proveer y platicar así sobre el castigo de lo passado como en el remedio de lo venidero, y escusar los dichos daños e inconvenientos, y dar orden que los descubrimientos e poblaciones que de aquí a delante se hovieran de hazer, se hagan sin offensa de Dios, nuestro Señor, e sin muerte ni robo de los dichos indios, e sin captivarlos por esclavos indevidamente. De manera que el deseo que havemos tenido y tenemos de ampliar nuestra sancta fe cathólica, y que los dichos indios e infieles vengan en conocimiento della, se haga sin cargo de nuestras consciencias y se prosiga nuestro propósito a la intención y obra de los Cathólicos Reyes, nuestros Señores y abuelos, en todas aquellas partes de las Islas y Tierra Firme del mar occéano, que de nuestra conquista quedaron y quedan por descubrir y poblar. Lo qual, visto con gran deliberación por los del nuestro Consejo de las Indias, y con nos consultado, fue acordado que devíamos mandar esta carta en la dicha razón. Por lo qual, ordena mos y mandamos que agora y de aquí adelante, así para remuneración de lo passado como en los descubrimientos y poblaciones que por nuestro mandado y nuestro nombre se hizieren en las dichas Islas del mar océano, descubiertas y por descubrir en nuestros límites y demarcaciones, se guarde y cumpla lo que de yuso será contenido en esta guisa, etc. Y si hasta el año de 1526 se havían cometido los estragos que la Provisión significa, téngase por cierto que desde entonces hasta el año de sesenta y tres en que estamos, han sido cinquenta y muchas más vezes en número y crueldad mayores. Esto parece porque desde entonces se estragó y destruyó y robó y despobló la Nueva España, Guatimala, Yucatán, Nicaragua, e los grandes reynos del Perú, el nuevo reyno de Popayán, y el Río de la Plata, y Chile, y sus tierras y y provincias comarcanas.

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